Ingreso Afiliados / Pensionados
Revisa
aquí
si tienes tu cédula de identidad vigente. Si no lo está, puedes solicitar tu Retiro con tu
Clave de Acceso.
Si la haces aquí con tu cédula vencida o bloqueada tu solicitud podría ser rechazada.
Ingreso Afiliados / Pensionados
Puedes solicitar el Retiro con tu Clave de Acceso
si tienes tu cédula vencida o bloqueada.
Si no la tienes o no la recuerdas revisa
aquí
el paso a paso para obtenerla.
Ingreso Beneficiarios de Sobrevivencia
Los Beneficiarios menores de edad deben solicitar el retiro a través de su Representante Legal
Ingreso desde el Extranjero
Si vives fuera de Chile, revisa aquí lo que necesitarás para el formulario
Estado de mi Retiro
Ingresando tu Rut y Número de Solicitud, podrás ver los avances de tu trámite
Conoce más sobre la Ley
Revisa las leyes que permiten el Primer y Segundo Retiro de fondos previsionales
¿Yo puedo pedir mi Segundo Retiro?
¿Yo puedo pedir mi Segundo Retiro?
Todos los afiliados a una AFP (cotizantes, no cotizantes y pensionados) pueden pedir su Retiro con las
condiciones, mínimos y topes que la Ley establece.
Además, si eres beneficiario de Pensión de Sobrevivencia también puedes hacer una solicitud de Retiro por esos
saldos.
Puedes hacer tu solicitud a partir del 10 de diciembre de 2020, hasta diciembre de 2021.
Si aún no solicitas tu 1° Retiro puedes hacerlo hasta el 29 de
julio de 2021.
¿Cuánto puedo retirar?
¿Cuánto puedo retirar?
Si quieres, puedes retirar hasta el 10% del total ahorrado en tu Cuenta Obligatoria.
La regla general es que puedes retirar un 10% de lo ahorrado, fijando un monto máximo de 150UF (alrededor de
$4.300.000):
Los valores en pesos son referenciales y se calcularán al
momento de hacer el retiro de acuerdo al valor de la UF del día. Para la tabla se consideró que 35UF
corresponden aproximadamente a $1.000.000, 150UF a $4.300.000, 350UF a $ 10.000.000 y 1.500UF a
43.000.000.
Si lo necesitas, puedes revisar tu saldo en tu Sucursal Virtual o en tu ProVida App con tu Rut y Clave de
Acceso.
¿Cuánto se demorará la AFP en pagar?
¿Cuánto se demorará la AFP en pagar?
Tu solicitud de Retiro puede ser aceptada o rechazada, esa resolución te lo informaremos 4 días hábiles
después de pedirlo.
Si es aceptada tu dinero se te entregará en los siguientes plazos:
Los retiros de menos de 35UF ($1 millón aprox.) se pagarán en máximo 10 días hábiles después de la solicitud y
en un solo pago.
En el caso del Primer Retiro, si tu solicitud es aceptada , tu Retiro se te entregará en un solo
pago en máximo de 10 hábiles desde tu solicitud.
Esto siempre y cuando no tengas una medida cautelar por deuda de Pensión Alimenticia.
¿Tendré que pagar impuestos si solicito el Segundo Retiro?
¿Tendré que pagar impuestos si solicito el Segundo Retiro?
Si tu renta imponible del año en que realizas el retiro es inferior a 30 unidades tributarias anuales, lo que equivale a una renta imponible promedio de 1,5 millones mensuales de pesos, tu retiro no pagará impuestos.
A quienes tengan ingresos por sobre ese monto y reciban su retiro hasta el 31 de diciembre del 2020, deberán declarar el retiro en su Declaración de Renta en abril de 2021, y a quienes hagan su retiro durante el 2021, en la Declaración de Renta de 2022.
Todo lo relacionado con impuestos debes revisarlo directamente con el Servicio de Impuestos Internos. La AFP no retendrá ninguna parte del retiro a ningún afiliado. Esto significa que la AFP te pagará el toral de retiro.
¿Cuáles son las formas de pago?
¿Cuáles son las formas de pago?
Puedes elegir que el dinero de tu Retiro sea transferido a una:
• Cuenta Rut de Banco Estado
Si tienes esta cuenta y la eliges, no necesitaremos más información, simplemente indícalo en el formulario y
¡listo!
• Cuenta de Ahorro: Cuenta 2
Tiene muchas ventajas para el monto del Retiro, es una cuenta de ahorro gratuita para el monto de tu Retiro,
de la que puedes hacer giros cuantas veces quieras y sin costo, y en menos de 24 horas puedes sacar hasta el
80% (eligiendo la modalidad de Giro Rápido a una cuenta bancaria a tu nombre). Si quieres sacar un monto
mayor, tomaría 4 días hábiles desde que haces el giro. Esa plata va a obtener ganancias o pérdidas por la
Rentabilidad del Fondo en que estés.
Si aún no tienes una Cuenta 2 en ProVida y escoges esta opción, se abriría gratis automáticamente para el
monto del Retiro.
• Cuentas de otros Bancos
Si eliges esta opción, debe estar exclusivamente a tu nombre y no puede ser una Cuenta compartida o
Bipersonal. Por ejemplo, no podrás usar una cuenta compartida con tu cónyuge. Tampoco a cuentas que al momento
de abrirla no requieran una validación presencial, como por ejemplo MACH, SuperDigital, FAN, FPay u otras.
¿Dónde puedo pedirlo?
¿Qué pasa con mi Pensión si me quedé sin saldo?
¿Qué pasa con mi Pensión si me quedé sin saldo?
Cuando el saldo en la Cuenta Obligatoria sea cero o no alcance para financiar una Pensión Máxima con Aporte
Solidario podrías solicitar, si cumples los requisitos, un Beneficio Estatal llamado Aporte Previsional
Solidario (APS).
¿Puedo solicitar el Retiro si ya no tengo plata en la AFP?
¿Puedo solicitar el Retiro si ya no tengo plata en la AFP?
Por ahora, al no haber saldo en esa Cuenta, no hay dinero que puedas sacar en tu Segundo Retiro. Si vuelves a
cotizar y, por lo tanto, ingresan Ahorros a tu Cuenta Obligatoria, podrás retirar. Mientras más meses cotices,
más plata tendrás en tu Cuenta para tu Jubilación o Segundo Retiro.
¿Qué pasa si soy deudor por Pensión Alimenticia?
¿Qué pasa si soy deudor por Pensión Alimenticia?
Si tienes deuda por Pensión Alimenticia con una medida cautelar vigente emitida por un Tribunal de Familia y
pides un Retiro, tu plata quedará retenida. Esas medidas cautelares se mantendrán hasta que el Poder Judicial
nos informe el término de éstas. Por ejemplo, si el pago de tu primer retiro quedó retenido, y no hay cambios
en la medida cautelar, el segundo volvería a quedar retenido.
Puedes verificar tu situación en el Poder Judicial, aquí. Selecciona la opción “Todos los
servicios” e ingresa tu Rut y Clave Única, luego revisa en “Mis causas”.
¿Cómo afectarán los Retiros a mi futura Pensión?
¿Cómo afectarán los Retiros a mi futura Pensión?
Al hacer Retiros tendrás menos ahorros en tu Cuenta Obligatoria, o incluso puedes quedar sin saldo en ella.
Si esto ocurre y cumples los requisitos, podrías recibir un Beneficio Estatal llamado Aporte
Previsional Solidario (APS)
Además, los ahorros retirados dejarán de obtener ganancias por la Rentabilidad. Es por esto que la futura
Pensión financiada con tus ahorros será menor.
Puedes ver el ejemplo de cuánto disminuye la Pensión al hacer el Retiro aquí .
¿Qué autoridades no pueden solicitar el Retiro?
¿Qué autoridades no pueden solicitar el Retiro?
Son las mencionadas como autoridad pública en el artículo 38 bis de la Constitución Política de la República, tales como el Presidente de la República, los Senadores, Diputados, Gobernadores Regionales, Jefes de Servicio y aquellos funcionarios que la Ley determina de exclusiva confianza del Presidente, como los Ministros y subsecretarios. También, aquellas contratadas a honorarios que asesoren directamente a las autoridades gubernamentales indicadas.
¿Puedo solicitar mi Retiro si vivo en el extranjero?
¿Puedo solicitar mi Retiro si vivo en el extranjero?
Si vives fuera de Chile y eres afiliado a una AFP o eres Beneficiario de Pensión de Sobrevivencia, puedes solicitar tu Retiro. Conoce más detalles aquí .